La autoridad fiscal no está obligada a verificar que la cuenta CLABE proporcionada para la devolución automática de saldos a favor del impuesto sobre la renta pertenezca al contribuyente solicitante.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de criterios sobre si la autoridad fiscal debe verificar la titularidad de la cuenta CLABE en las devoluciones automáticas de ISR. Un tribunal consideró que sí existe esta obligación, basándose en los artículos 22, 22-B y 32-B del Código Fiscal de la Federación. Otro tribunal determinó que dicha obligación no se desprende de los mismos artículos ni de la regla 2.3.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal, especialmente en el contexto de las devoluciones automáticas vía internet. La Sala determinó que la autoridad no tiene dicha obligación, ya que la normativa, incluyendo la Resolución Miscelánea Fiscal, establece que la cuenta CLABE proporcionada se considera reconocida como titular por el contribuyente y autorizada para el depósito.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.