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SJF · Tesis

La responsabilidad penal por el delito de defraudación fiscal equiparable no puede atribuirse al administrador general de una empresa por el simple hecho de ocupar dicho cargo, sino que requiere la demostración de una conducta dolosa, antijurídica y culpable.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 dic 2008
Materia
penal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La responsabilidad penal por el delito de defraudación fiscal equiparable no puede atribuirse al administrador general de una empresa por el simple hecho de ocupar dicho cargo, sino que requiere la demostración de una conducta dolosa, antijurídica y culpable.

Resumen

El presente fallo establece que el cargo de administrador general de una persona moral no implica, por sí solo, la obligación de pagar los impuestos de la empresa ni la responsabilidad penal por defraudación fiscal equiparable. Para atribuir dicha responsabilidad penal, es indispensable probar que la omisión o acción del administrador se debió a su conducta dolosa, antijurídica y culpable, y no simplemente a su posición en la empresa.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.