La justicia de la Unión no ampara ni protege al quejoso en contra del artículo 25, fracción VI, y Primero Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil diecinueve, al confirmarse la sentencia recurrida.
El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito confirmó la sentencia recurrida, negando el amparo y la protección de la justicia federal al quejoso. La controversia se centró en la constitucionalidad de los artículos 25, fracción VI, y Primero Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil diecinueve. El tribunal determinó que no se actualiza la violación reclamada, por lo que se confirma la negativa del amparo.
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