La notificación por estrados de una resolución es ilegal cuando la autoridad no exhibe el acuerdo de notificación respectivo, el cual debe sustentar la fijación y publicación de los estrados.
Se analiza la legalidad de una notificación por estrados de una resolución que determinó un crédito fiscal por derechos de servicios. La Sala Regional determinó que la notificación fue ilegal porque la autoridad no exhibió el acuerdo de notificación por estrados, requisito indispensable para acreditar el cumplimiento de la ley. Adicionalmente, se declaró la nulidad de la resolución al fundarse en un precepto (artículo 29 E, fracción VII, de la Ley Federal de Derechos) que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha declarado inconstitucional.
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