Las decisiones adoptadas sobre algún aspecto de la evaluación académica de los alumnos de las universidades públicas sí tienen el carácter de actos de autoridad para efectos de la procedencia del juicio de amparo.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza una contradicción de criterios entre dos Tribunales Colegiados respecto a la procedencia del juicio de amparo contra actos de universidades públicas relacionados con la evaluación académica de los alumnos. El problema jurídico central es determinar si tales decisiones constituyen actos de autoridad. La Sala determinará si la naturaleza de estos actos permite el acceso al amparo, unificando así la interpretación jurídica sobre la materia.
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