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3253/2024NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La exclusión de pruebas ilícitas obtenidas durante el arraigo o la tortura no procede si no existe confesión o autoincriminación del inculpado que pueda ser invalidada, ni se demuestra que dichas afectaciones tuvieran impacto en el proceso.

Expediente
3253/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
16 oct 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La exclusión de pruebas ilícitas obtenidas durante el arraigo o la tortura no procede si no existe confesión o autoincriminación del inculpado que pueda ser invalidada, ni se demuestra que dichas afectaciones tuvieran impacto en el proceso.

Resumen

El presente amparo directo en revisión aborda la procedencia de la exclusión de pruebas obtenidas ilícitamente durante un arraigo o en casos de tortura. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que no es necesario reponer el procedimiento ni excluir pruebas si no existe una confesión o autoincriminación derivada de estas afectaciones, y si estas no tuvieron un impacto directo en el proceso penal. Se basa en la interpretación de los artículos 107, fracción IX, de la Constitución y 81, fracción II, de la Ley de Amparo, así como en jurisprudencias previas sobre arraigo y tortura.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.