La autonomía presupuestaria de los municipios se respeta cuando el Congreso del Estado fundamenta las modificaciones a las propuestas de sus Leyes de Ingresos, sin que ello implique la imposición de nuevas contribuciones o el aumento de las existentes sin la debida justificación.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Municipio de San Andrés Tuxtla contra el Congreso del Estado de Veracruz. El municipio impugnó la modificación de los artículos 6 y 12 de su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2024, argumentando una afectación a su autonomía presupuestaria. El Tribunal Pleno declaró la invalidez de dichos artículos al considerar que el Congreso no justificó adecuadamente las modificaciones realizadas a las tasas y derechos propuestos por el municipio, contraviniendo el principio de autonomía financiera municipal.
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