La facultad de las Legislaturas Estatales para modificar las propuestas de tablas de valores unitarios de suelo y construcción presentadas por los Ayuntamientos, en ejercicio de la potestad tributaria compartida, requiere que dichas modificaciones se sustenten en argumentos objetivos y razonables, debidamente expuestos en el procedimiento legislativo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza una controversia constitucional promovida por un Municipio contra los Decretos Legislativos que aprobaron valores unitarios de suelo distintos a los propuestos por el Municipio. El criterio sostenido establece que, si bien las Legislaturas Estatales tienen la facultad de modificar dichas propuestas, deben justificarlo con argumentos objetivos y razonables, respetando la potestad tributaria compartida con los Municipios y los principios de fortalecimiento municipal.
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