Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
Se propone conceder el amparo, ya que la quejosa acreditó el origen del depósito bancario por $10,982.80; asimismo, se demostró que de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la LISR, a cada pago provisional se le debe disminuir la pérdida fiscal sufrida en ejercicios anteriores
Expediente
665/2025
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Irais Berenice Galicia Cruz
Fecha
18 jun 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se propone conceder el amparo, ya que la quejosa acreditó el origen del depósito bancario por $10,982.80; asimismo, se demostró que de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la LISR, a cada pago provisional se le debe disminuir la pérdida fiscal sufrida en ejercicios anteriores
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