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SJF · Tesis

La Segunda Sala es competente para conocer de amparos directos en materia administrativa promovidos contra sentencias definitivas dictadas por tribunales federales, administrativos o judiciales, cuando el interés del negocio exceda de quinientos mil pesos o sea de importancia trascendente para la nación.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1969
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Segunda Sala es competente para conocer de amparos directos en materia administrativa promovidos contra sentencias definitivas dictadas por tribunales federales, administrativos o judiciales, cuando el interés del negocio exceda de quinientos mil pesos o sea de importancia trascendente para la nación.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó su competencia para conocer de amparos directos en materia administrativa. Esta competencia se actualiza cuando los actos reclamados son sentencias definitivas dictadas por tribunales federales, administrativos o judiciales, y el interés del negocio excede los quinientos mil pesos o se considera de importancia trascendente para la nación, conforme a los artículos 107, fracción V, inciso b), de la Constitución Federal, 44, 45, 158, 163 y 167 de la Ley de Amparo, y 25, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.