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310/2022OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

Los mecanismos alternativos de solución de controversias son una garantía de acceso a una justicia pronta y expedita, que permiten transitar hacia la justicia restaurativa, despresurizar la carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales y agilizar la reparación del daño a las víctimas.

Expediente
310/2022
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
23 nov 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Los mecanismos alternativos de solución de controversias son una garantía de acceso a una justicia pronta y expedita, que permiten transitar hacia la justicia restaurativa, despresurizar la carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales y agilizar la reparación del daño a las víctimas.

Resumen

El texto aborda la importancia de los mecanismos alternativos de solución de controversias, como la mediación, conciliación y arbitraje, como una garantía para el acceso a una justicia pronta y expedita. Se destaca que estos mecanismos promueven un paradigma de justicia restaurativa, fomentan la participación ciudadana activa, la responsabilidad personal y la negociación, además de aliviar la carga de trabajo de los tribunales y acelerar la reparación del daño a las víctimas. Se menciona también la vinculación a proceso como una expresión de la acción penal del Estado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.