El otorgamiento unilateral de pensiones por jubilación por parte de un Congreso Local con cargo al presupuesto de otro Poder de la misma entidad federativa vulnera el principio de división de poderes y la autonomía en la gestión presupuestal.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Judicial del Estado de Morelos contra el Decreto 536 emitido por el Congreso Local, el cual concedía una pensión por jubilación a una persona con cargo al presupuesto del Poder Judicial. La Sala determinó que el Congreso, al otorgar unilateralmente la pensión y disponer de los recursos de otro Poder sin su intervención, incurrió en una violación grave al principio de división de poderes, específicamente en el nivel de subordinación, afectando la autonomía en la gestión presupuestal del Poder Judicial. Por ello, se declaró la invalidez parcial del decreto impugnado.
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