La invalidez del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022, en lo concerniente al presupuesto asignado al Instituto Nacional Electoral, se declara cuando la reducción presupuestal realizada por la Cámara de Diputados carece de motivación que demuestre la suficiencia de los recursos asignados para cumplir las obligaciones constitucionales del INE y la no afectación a su autonomía y a los derechos político-electorales de la ciudadanía.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional respecto al Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022, específicamente en lo referente al Instituto Nacional Electoral (INE). Se declaró la invalidez de dicho presupuesto en la porción asignada al INE, debido a que la reducción presupuestal efectuada por la Cámara de Diputados careció de una motivación adecuada que justificara que los recursos eran suficientes para las obligaciones del INE y que no se afectaba su autonomía ni los derechos de la ciudadanía. Asimismo, se sobreseyó respecto a otros artículos y anexos impugnados.
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