La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo en revisión 683/2024, determinó que es procedente el amparo contra normas generales, aun cuando se reclamen por su primer acto de aplicación, si dicho acto de aplicación no es el único que afecta la esfera jurídica del quejoso.
La quejosa promovió un primer juicio de amparo indirecto contra un oficio que negó su solicitud de jubilación, el cual le fue concedido por falta de fundamentación y motivación. Posteriormente, promovió un segundo juicio de amparo contra el mismo oficio y contra diversas normas generales por su primer acto de aplicación. El Juzgado de Distrito sobreseyó respecto a las normas generales y negó el amparo contra el oficio. En amparo en revisión, la Suprema Corte revocó el sobreseimiento respecto a las normas generales, al considerar que el acto de aplicación no era el único que afectaba la esfera jurídica de la quejosa, y confirmó la negativa del amparo contra el oficio.
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