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202/2021TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito

La compensación universal, prevista en el artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2019, es una norma autoaplicativa que no contraviene el principio de seguridad jurídica ni el derecho de propiedad, y supera el test de proporcionalidad.

Expediente
202/2021
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito
Ponente
Julio Ramos Salas
Fecha
14 mar 2023
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La compensación universal, prevista en el artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2019, es una norma autoaplicativa que no contraviene el principio de seguridad jurídica ni el derecho de propiedad, y supera el test de proporcionalidad.

Resumen

El Primer Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito resolvió sobre la compensación universal establecida en la Ley de Ingresos de la Federación para 2019. Basándose en la jurisprudencia 2a./J. 7/2021 (11a.) de la SCJN, determinó que la norma es autoaplicativa y que no existe conflicto con el Código Fiscal de la Federación, ya que la Ley de Ingresos sustituye las disposiciones de compensación. Además, se consideró que la norma no viola el derecho de propiedad ni el principio de seguridad jurídica, superando el test de proporcionalidad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.