El recurso de revisión en amparo directo es improcedente cuando los agravios se limitan a impugnar consideraciones de mera legalidad o plantean cuestiones novedosas no expuestas en la demanda de amparo.
El presente asunto se resuelve sobre la improcedencia de un recurso de revisión en amparo directo. El recurrente argumentó que el Tribunal Colegiado inobservó una jurisprudencia al no reponer el procedimiento, a pesar de que la audiencia de juicio se reanudó después del plazo legal. Sin embargo, la Suprema Corte determinó que este planteamiento era novedoso y no se había expuesto en la demanda original. Adicionalmente, se señaló que otro agravio se limitaba a cuestionar un tema de mera legalidad, lo cual escapa a la materia de análisis del recurso extraordinario.
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