La suplencia de la queja deficiente en materia penal no puede hacer procedente un recurso de revisión que no lo sea por razón de su procedencia.
El quejoso argumentó la vulneración de diversos derechos humanos, pero sus planteamientos se enfocaron en cuestiones de legalidad no constitucionales. Si bien en materia penal opera la suplencia de la queja deficiente, esta no puede extenderse para hacer procedente un recurso de revisión que intrínsecamente no lo es, como en el caso donde se impugnan cuestiones de legalidad que no trascienden al orden constitucional.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.