El decreto del Congreso del Estado de Morelos que concede una pensión por jubilación con cargo al presupuesto del Poder Judicial de dicho Estado, sin la transferencia efectiva de recursos, es inconstitucional por vulnerar la independencia y autonomía de gestión presupuestal de dicho Poder.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Judicial del Estado de Morelos contra el decreto del Congreso local que otorgó una pensión por jubilación a una persona, cargándola al presupuesto del Poder Judicial sin transferir los fondos necesarios. La Corte determinó que dicho decreto es inconstitucional porque vulnera la independencia y la autonomía de gestión presupuestal del Poder Judicial, al permitir que el Congreso disponga unilateralmente de sus recursos. Por lo tanto, se declaró la invalidez parcial del decreto, ordenando al Congreso modificarlo y establecer claramente la fuente de financiamiento de la pensión, ya sea asumiendo el pago directamente o transfiriendo los recursos necesarios a la entidad responsable.
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