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3215/2018ConcedeSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

El artículo 48, fracción VI, tercer párrafo, del Código Fiscal de la Federación, al permitir la ampliación del plazo de doce meses para la conclusión de las facultades de comprobación, viola las garantías de legalidad y seguridad jurídica.

Expediente
3215/2018
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
10 oct 2018
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El artículo 48, fracción VI, tercer párrafo, del Código Fiscal de la Federación, al permitir la ampliación del plazo de doce meses para la conclusión de las facultades de comprobación, viola las garantías de legalidad y seguridad jurídica.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el artículo 48, fracción VI, tercer párrafo, del Código Fiscal de la Federación, viola las garantías de legalidad y seguridad jurídica. Esto se debe a que otorga a la autoridad fiscal la facultad de ampliar por veinte días el plazo de doce meses establecido en el artículo 46-A del mismo ordenamiento para concluir las facultades de comprobación. La Corte consideró que esta ampliación injustificada afecta la certeza jurídica de los contribuyentes.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.