La atribución de la seguridad ciudadana al Gobierno de la Ciudad de México, en colaboración con las alcaldías, no altera el régimen competencial federal en la materia, sino que define la esfera de actuación local.
El presente asunto analiza la constitucionalidad de un precepto que establece la seguridad ciudadana como responsabilidad exclusiva del Gobierno de la Ciudad de México, en colaboración con las alcaldías. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dicha disposición no contraviene la Constitución Federal, ya que el constituyente local, al definir la competencia en materia de seguridad ciudadana, no alteró el régimen competencial federal, sino que delimitó la esfera de actuación a nivel local. Se enfatiza que las alcaldías tienen una atribución de mera colaboración en esta materia.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.