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148/2016TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La retención de participaciones federales a los municipios por parte de los estados, sin justificación legal o administrativa, transgrede los principios de libre administración hacendaria e integridad de los recursos municipales, garantizados por el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Expediente
148/2016
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
8 jul 2019
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La retención de participaciones federales a los municipios por parte de los estados, sin justificación legal o administrativa, transgrede los principios de libre administración hacendaria e integridad de los recursos municipales, garantizados por el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó una controversia constitucional promovida por el Municipio de Puente Nacional, Veracruz, en contra del Poder Ejecutivo de dicho estado por la retención de participaciones federales (FORTAMUNDF y FISMDF). La Corte determinó que la omisión de entregar estos recursos, sin una causa legal que la justifique, viola los principios constitucionales de libre administración hacendaria e integridad de los recursos municipales. Por lo tanto, se consideró que el Estado incurrió en una omisión ilegal al no transferir los fondos correspondientes, afectando la autonomía financiera del municipio.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.