La exhibición de un billete de depósito como garantía en un incidente de suspensión es apta para considerar satisfecha la medida cautelar si contiene datos suficientes que permiten vincularlo con el expediente correspondiente, aun cuando no se especifique el concepto del depósito.
En un incidente de suspensión, se exhibió un billete de depósito para garantizar la suspensión de una multa fiscal. La autoridad judicial no lo consideró suficiente por falta de especificación del concepto. El tribunal determinó que si el billete permite vincularlo al expediente, se cumple el requisito de garantía, protegiendo así el derecho de acceso a la justicia.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.