La legitimación para impugnar resultados de actas de cómputo distrital, declaración de validez y entrega de constancias de mayoría en la elección de magistraturas de la Sala Superior del TEPJF, corresponde exclusivamente a los candidatos de dicha elección.
El Tribunal Pleno resolvió que la legitimación para impugnar actos relacionados con la elección de magistraturas de la Sala Superior del TEPJF, como los resultados de cómputo distrital o la declaración de validez, recae únicamente en quienes fueron candidatos. Por lo tanto, aquellos que no ostenten esa calidad carecen de interés jurídico y legítimo para interponer medios de impugnación, actualizando la causal de improcedencia prevista en la ley electoral.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.