La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo directo en revisión 3060/2024, determinó que las pruebas testimoniales, por sí solas, no son suficientes para acreditar la plena responsabilidad penal en el delito de secuestro, si no se adminiculan con otros indicios que corroboren la participación directa del acusado en los elementos del tipo penal.
En el presente caso, la Suprema Corte analizó la suficiencia probatoria para acreditar el delito de secuestro y la responsabilidad penal de la quejosa. Se determinó que las pruebas testimoniales, si bien señalaron la presencia de la quejosa en el lugar de la entrega del rescate, no constituían por sí solas indicios suficientes para acreditar su participación como coautora en el delito, al no existir pruebas directas o indicios adicionales que corroboraran su intervención en los elementos del tipo penal. Por lo anterior, se ordenó dictar una nueva resolución.
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