Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco· tema sin holding extraído
Se niega el amparo. A) Si bien la responsable no previno a la parte quejosa, para que aclarara su demanda y adjuntara la constancia de solicitud de pensión ante el IMSS o su negativa; también lo es, que con las pruebas allegadas al juicio, no se acreditan las semanas de cotización y salario promedio que dijo tenía el quejoso, los que además resultan inverosímiles. Además, la inspección ocular destruye el valor probatorio del certificado de derechos exhibido por el Instituto, en el cual se sustentó su postura defensiva.
Expediente
876/2025
Tribunal
Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, con residencia en Zapopan, Jalisco
Ponente
Griselda Guadalupe Guzmán López
Fecha
19 may 2026
Materia
laboral
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se niega el amparo. A) Si bien la responsable no previno a la parte quejosa, para que aclarara su demanda y adjuntara la constancia de solicitud de pensión ante el IMSS o su negativa; también lo es, que con las pruebas allegadas al juicio, no se acreditan las semanas de cotización y salario promedio que dijo tenía el quejoso, los que además resultan inverosímiles. Además, la inspección ocular destruye el valor probatorio del certificado de derechos exhibido por el Instituto, en el cual se sustentó su postura defensiva.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.