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1392/24-21-01-6OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en Michoacán

El sobreseimiento del juicio contencioso administrativo es procedente cuando el acto impugnado ya fue materia de una sentencia anterior, siempre que exista identidad de partes y del acto reclamado, conforme a los artículos 8, fracción III, y 9, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Expediente
1392/24-21-01-6
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
14 abr 2025
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El sobreseimiento del juicio contencioso administrativo es procedente cuando el acto impugnado ya fue materia de una sentencia anterior, siempre que exista identidad de partes y del acto reclamado, conforme a los artículos 8, fracción III, y 9, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Resumen

La Sala Regional del Pacífico-Centro del TFJA determinó sobreseer el juicio contencioso administrativo promovido por la actora. La razón principal fue que el crédito fiscal impugnado ya había sido materia de un juicio anterior (737/22-21-01-8-OT) resuelto por la misma Sala, actualizándose la causal de improcedencia por identidad de partes y acto reclamado. Adicionalmente, se analizó la prescripción del crédito fiscal, determinando que operó debido a la falta de gestiones de cobro efectivas por parte de la autoridad dentro de los plazos legales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.