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147/2017NiegaSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la autoridad fiscal no tiene la obligación de adjuntar a la resolución impugnada la documentación obtenida de consultas a terceros o bases de datos, para fundar la presunción de inexistencia de operaciones, siempre que no se vulnere el derecho de defensa del contribuyente.

Expediente
147/2017
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
EDUARDO MEDINA MORA I.
Fecha
14 jun 2017
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la autoridad fiscal no tiene la obligación de adjuntar a la resolución impugnada la documentación obtenida de consultas a terceros o bases de datos, para fundar la presunción de inexistencia de operaciones, siempre que no se vulnere el derecho de defensa del contribuyente.

Resumen

El caso aborda la constitucionalidad del artículo 63 del Código Fiscal de la Federación, específicamente en lo referente a la notificación al contribuyente de la información de terceros utilizada para determinar la inexistencia de operaciones. La Suprema Corte estableció que la autoridad fiscal no está obligada a adjuntar dicha información a la resolución, siempre que no se viole el derecho de defensa del contribuyente, confirmando la validez del procedimiento fiscal seguido.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.