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302/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Octavo Circuito

El control vehicular, al ser una contribución de carácter local, debe ser analizado bajo los principios de proporcionalidad y equidad tributaria, sin que pueda ser justificado por la necesidad de fomentar la educación, la seguridad pública o el deporte, si su recaudación no se destina efectivamente a dichos fines.

Expediente
302/2025
Tribunal
Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Octavo Circuito
Ponente
Héctor Alejandro Treviño de la Garza
Fecha
13 abr 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

El control vehicular, al ser una contribución de carácter local, debe ser analizado bajo los principios de proporcionalidad y equidad tributaria, sin que pueda ser justificado por la necesidad de fomentar la educación, la seguridad pública o el deporte, si su recaudación no se destina efectivamente a dichos fines.

Resumen

El Tribunal Colegiado modificó la sentencia recurrida y sobreseyó parcialmente el juicio de amparo. Se concedió el amparo contra diversos artículos de la Ley de Hacienda del Estado de Coahuila relacionados con el control vehicular, al considerar que las contribuciones de fomento a la educación, seguridad pública y deporte deben tener una vinculación directa con los fines que persiguen, y no ser un pretexto para imponer cargas fiscales excesivas o inequitativas. Se confirmó el sobreseimiento respecto a otros artículos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.