La cuantía de los asuntos en materia de revisión fiscal, tratándose de cuotas obrero-patronales, se determina dividiendo el importe del crédito entre el número de meses del periodo liquidado, multiplicando el cociente por doce, y comparando el resultado con el producto de multiplicar el factor tres mil quinientos por el salario mínimo general diario vigente.
El presente criterio establece cómo determinar la cuantía en asuntos de revisión fiscal relacionados con cuotas obrero-patronales. Se indica que se debe dividir el crédito entre los meses del periodo, multiplicar el resultado por doce y compararlo con el producto de multiplicar 3500 por el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal al momento de la resolución recurrida. Si el resultado es superior, procede el recurso por razón de la cuantía.
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