Los agravios deben controvertir directamente los razonamientos y fundamentos de la resolución impugnada, sin limitarse a meras afirmaciones o repeticiones de lo expuesto en instancias anteriores.
El presente criterio establece que para que un agravio sea considerado como tal, debe controvertir de manera efectiva los razonamientos y fundamentos de la resolución que se combate. No basta con reiterar argumentos previos o realizar afirmaciones genéricas; es indispensable que el agravio demuestre la ilegalidad o el error de la decisión recurrida, atacando sus motivos específicos. De lo contrario, el recurso carecerá de la debida fundamentación y no podrá prosperar.
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