La legitimación de un servidor público para interponer un recurso de revisión en representación de una autoridad responsable, en suplencia por ausencia de un superior jerárquico, debe determinarse conforme a las leyes y reglamentos aplicables que otorguen dicha atribución, así como a las normas internas que definan la competencia y jerarquía de las unidades administrativas.
La contradicción de criterios se centró en determinar si la subdirectora de Juicios de Amparo de Ingresos Coordinados tenía legitimación para interponer un recurso de revisión en representación de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, actuando en suplencia de la subprocuradora de lo Contencioso. Un Tribunal Colegiado determinó que carecía de legitimación al no ser el inferior jerárquico directo con competencia para ello, mientras que otro Tribunal Colegiado consideró que sí la tenía. El Pleno Regional resolvió que la legitimación debe analizarse conforme a las disposiciones legales y reglamentarias que rigen a la autoridad y a sus normas internas.
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