El primer acto de aplicación de una norma es aquel que, por primera vez, causa una afectación en la esfera jurídica del gobernado, actualizando así el supuesto normativo previsto en la ley.
El quejoso impugnó la inconstitucionalidad del artículo 1345 del Código de Comercio. El Juez de Distrito sobreseyó el amparo respecto a la inconstitucionalidad de la norma, al considerar que la sentencia reclamada no era el primer acto de aplicación en perjuicio del quejoso. Sin embargo, el Tribunal Colegiado revocó dicho sobreseimiento y remitió el asunto a la Suprema Corte para el análisis de constitucionalidad. La Corte determinó que el primer acto de aplicación es aquel que, por primera vez, causa una afectación en la esfera jurídica del gobernado.
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