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SJF · Tesis

El juicio de amparo es improcedente cuando se promueve contra un acto que ya es objeto de un juicio de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación, pues el acto reclamado debe ser definitivo.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1953
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

El juicio de amparo es improcedente cuando se promueve contra un acto que ya es objeto de un juicio de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación, pues el acto reclamado debe ser definitivo.

Resumen

Se declara improcedente el juicio de amparo promovido por una empresa contra un acto que ya estaba siendo impugnado a través de un juicio de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación. La improcedencia se basa en que, para que el amparo sea procedente, el acto reclamado debe ser definitivo, y en este caso, al existir un juicio de nulidad en curso, el acto no tenía ese carácter. Se invoca una tesis jurisprudencial análoga.

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