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SJF · Tesis

La revisión fiscal es improcedente cuando la resolución impugnada se dictó en estricto acatamiento a una ejecutoria de amparo y el recurso se limita a plantear cuestiones ya analizadas en dicha ejecutoria, pues sobre ese punto existe cosa juzgada.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 feb 2005
Materia
administrativa
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La revisión fiscal es improcedente cuando la resolución impugnada se dictó en estricto acatamiento a una ejecutoria de amparo y el recurso se limita a plantear cuestiones ya analizadas en dicha ejecutoria, pues sobre ese punto existe cosa juzgada.

Resumen

El presente caso aborda la improcedencia del recurso de revisión fiscal cuando la resolución del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se emite en cumplimiento de una ejecutoria de amparo y el recurso se enfoca únicamente en aspectos ya resueltos por el órgano de control constitucional. Se establece que, en tales circunstancias, el recurso es improcedente debido a la existencia de cosa juzgada, salvo que se planteen cuestiones distintas a las ya analizadas o que la Sala Fiscal dilucide aspectos adicionales en los que conserve plenitud de jurisdicción.

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