La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver acciones de inconstitucionalidad, replica las consideraciones y metodología de sentencias previas cuando se invalidan normas con el mismo vicio de constitucionalidad, sin que le corresponda realizar cálculos o fijar valores para analizar la constitucionalidad de tarifas o cuotas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el presente asunto, replica las consideraciones y metodología de sentencias previas, como la acción de inconstitucionalidad 40/2024, al invalidar normas con el mismo vicio de constitucionalidad. Se reitera que no corresponde al Tribunal realizar cálculos o fijar valores para analizar la constitucionalidad de tarifas o cuotas, pues esta labor recae en el legislador a través de una motivación reforzada.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.