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501/2025Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Oaxaca

La suspensión definitiva procede cuando se cumplen los requisitos legales establecidos en la Ley de Amparo, a fin de paralizar los efectos del acto reclamado.

Expediente
501/2025
Tribunal
Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Oaxaca
Ponente
Francisco Martínez Ramírez
Fecha
29 sep 2025
Materia
civil
Sentido

Holding · resolución sintética

La suspensión definitiva procede cuando se cumplen los requisitos legales establecidos en la Ley de Amparo, a fin de paralizar los efectos del acto reclamado.

Resumen

Se concedió la suspensión definitiva a la parte quejosa en un juicio de amparo. La decisión se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley de Amparo, lo que permite paralizar los efectos del acto reclamado hasta en tanto se resuelva el juicio en sus términos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.