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108/2024ConcedeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El impuesto por remediación ambiental en la extracción de materiales, previsto en la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, es inconstitucional porque invade la esfera de competencia exclusiva de la Federación, al gravar la remoción de suelos y sustancias que constituyen depósitos cuya naturaleza es distinta de los componentes del terreno, lo cual se considera explotación de recursos naturales.

Expediente
108/2024
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
28 abr 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El impuesto por remediación ambiental en la extracción de materiales, previsto en la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, es inconstitucional porque invade la esfera de competencia exclusiva de la Federación, al gravar la remoción de suelos y sustancias que constituyen depósitos cuya naturaleza es distinta de los componentes del terreno, lo cual se considera explotación de recursos naturales.

Resumen

La contradicción de criterios se centró en determinar la constitucionalidad del impuesto por remediación ambiental en la extracción de materiales, establecido por el Estado de Querétaro. El Pleno Regional resolvió que dicho impuesto es inconstitucional al invadir la competencia federal exclusiva sobre la explotación de recursos naturales, basándose en la interpretación del artículo 27 constitucional y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Se determinó que gravar la remoción de suelos y sustancias, incluso si son de naturaleza similar al terreno, para su extracción, recae en la esfera federal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.