Segundo Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito· tema sin holding extraído
En cuanto a los argumentos relativos a una indebida motivación respecto a las multas que le fueron impuestas se estiman por un lado inoperantes por derivar de una premisa falsa y por otra parte porque las resoluciones impugnadas sí se encuentran debidamente fundada y motivada.
Fundado pero inoperante porque si bien es cierto la autoridad responsable omitió dar respuesta a la pretensión de la parte actora, pues efectivamente nada se dijo en torno a si la declaración requerida debía ser presentada en forma electrónica o no; sin embargo, lo pretendido dentro del concepto de impugnación segundo es que conforme a lo que dispone el artículo 33, fracción I, inciso d), del Código Fiscal de la Federación, los requerimientos realizados también debían contener la forma en que debía presentarse la documentación requerida, pero ello no lo exige el citado artículo y la empresa actora tampoco expone mayores argumentos con los cuales ponga de manifiesto de donde se genera dicha obligación.
Expediente
73/2023
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito
Ponente
Germán Martínez Cisneros
Fecha
2 feb 2024
Materia
administrativa
Sentido
niega
Tema · autorreporte del tribunal
En cuanto a los argumentos relativos a una indebida motivación respecto a las multas que le fueron impuestas se estiman por un lado inoperantes por derivar de una premisa falsa y por otra parte porque las resoluciones impugnadas sí se encuentran debidamente fundada y motivada.
Fundado pero inoperante porque si bien es cierto la autoridad responsable omitió dar respuesta a la pretensión de la parte actora, pues efectivamente nada se dijo en torno a si la declaración requerida debía ser presentada en forma electrónica o no; sin embargo, lo pretendido dentro del concepto de impugnación segundo es que conforme a lo que dispone el artículo 33, fracción I, inciso d), del Código Fiscal de la Federación, los requerimientos realizados también debían contener la forma en que debía presentarse la documentación requerida, pero ello no lo exige el citado artículo y la empresa actora tampoco expone mayores argumentos con los cuales ponga de manifiesto de donde se genera dicha obligación.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.