La retroactividad de las leyes en materia de competencia de los tribunales fiscales es inconstitucional cuando causa perjuicio a los particulares.
Se analiza la competencia del Tribunal Fiscal de la Federación para conocer de la prescripción de créditos fiscales, especialmente cuando la demanda se presentó bajo un código anterior que trataba la competencia de manera distinta. Se determina que la retroactividad de las leyes, en términos del artículo 14 de la Constitución, solo es inconstitucional si perjudica a los particulares. Las normas sobre competencia, por su naturaleza, se aplican a las relaciones jurídicas procesales en el estado en que se encuentran.
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