El derecho a ser juzgado dentro del plazo de un año no se viola por una dilación justificada en la complejidad del asunto y el desahogo de pruebas.
La quejosa argumentó que se violó su derecho a ser juzgada dentro de un año, ya que transcurrieron más de catorce meses entre su vinculación a proceso y la sentencia. Sin embargo, la Corte determinó que esta dilación se encuentra justificada debido a la complejidad del asunto y las dificultades inherentes al desahogo de las pruebas, por lo que no se actualiza la violación al plazo legal.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.