Los agravios que se sustentan en argumentos previamente desestimados resultan inoperantes, al carecer de sustento propio.
Se establece que cuando un agravio se basa fundamentalmente en lo expuesto en otros agravios que ya fueron declarados infundados, inoperantes o inatendibles, dicho agravio debe considerarse inoperante. Esto se debe a que la procedencia de lo argumentado en el nuevo agravio depende de la aceptación de los argumentos previamente desestimados, lo cual no ocurrirá.
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