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4294/2024SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La inconstitucionalidad del artículo 59, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, se actualiza cuando la autoridad fiscal, al determinar el impuesto al valor agregado, adiciona al valor de los actos o actividades el propio impuesto al valor agregado, lo cual genera una doble tributación y una carga desproporcionada para el contribuyente.

Expediente
4294/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
18 sep 2024
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La inconstitucionalidad del artículo 59, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, se actualiza cuando la autoridad fiscal, al determinar el impuesto al valor agregado, adiciona al valor de los actos o actividades el propio impuesto al valor agregado, lo cual genera una doble tributación y una carga desproporcionada para el contribuyente.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad del artículo 59, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, el cual se reclamó inconstitucional por adicionar el IVA a los ingresos para efectos del ISR y por generar una doble tributación del IVA. La Segunda Sala determinó, por mayoría de votos, que la norma es inconstitucional al generar una carga desproporcionada para el contribuyente, ya que el IVA no es un ingreso y su adición al valor de los actos o actividades genera una doble imposición. El criterio no es vinculante al no alcanzar la mayoría calificada.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.