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1334/2022TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, en su carácter de ordinario

La reparación de la congruencia en la fijación de los actos reclamados y la determinación de los actos inexistentes, así como el carácter heteroaplicativo de diversas disposiciones, son aspectos que deben analizarse para determinar la procedencia del amparo.

Expediente
1334/2022
Tribunal
Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, en su carácter de ordinario
Ponente
Pablo Domínguez Peregrina
Fecha
18 jun 2024
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La reparación de la congruencia en la fijación de los actos reclamados y la determinación de los actos inexistentes, así como el carácter heteroaplicativo de diversas disposiciones, son aspectos que deben analizarse para determinar la procedencia del amparo.

Resumen

El tribunal modifica la sentencia recurrida y sobresee el juicio de amparo. Se declara que la justicia de la unión no ampara ni protege a la parte quejosa. Adicionalmente, se declara sin materia la revisión adhesiva interpuesta por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. El análisis se centró en la correcta fijación de los actos reclamados, la determinación de actos inexistentes y el carácter heteroaplicativo de las disposiciones impugnadas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.