El sobreseimiento del juicio contencioso administrativo procede cuando la autoridad demandada deja sin efectos el acto impugnado y con ello se satisfacen las pretensiones del demandante, sin que la autoridad reserve sus facultades para emitir un nuevo acto.
La Sala Regional en San Luis Potosí del TFJA determinó sobreseer el juicio contencioso administrativo. La autoridad fiscal estatal dejó sin efectos el crédito fiscal impugnado, argumentando el cumplimiento espontáneo del contribuyente y la no aplicación de multas. El Tribunal consideró que, al no reservarse la autoridad sus facultades para emitir un nuevo acto y al satisfacerse la pretensión del actor, se actualiza la causal de sobreseimiento prevista en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
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