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816/2015OtroSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La determinación de la utilidad o pérdida fiscal en ejercicios en los que se liquida una sociedad y se reduce su inventario, debe considerar el monto acumulable derivado de dicha reducción, conforme a las disposiciones transitorias aplicables.

Expediente
816/2015
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
EDUARDO MEDINA MORA I.
Fecha
2 may 2018
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La determinación de la utilidad o pérdida fiscal en ejercicios en los que se liquida una sociedad y se reduce su inventario, debe considerar el monto acumulable derivado de dicha reducción, conforme a las disposiciones transitorias aplicables.

Resumen

El presente fallo aborda la correcta determinación de la utilidad o pérdida fiscal en ejercicios fiscales que concluyen anticipadamente por liquidación de una sociedad. Se analiza cómo deben acumularse los inventarios y las prestaciones a trabajadores, de acuerdo con las disposiciones transitorias de la Ley del ISR, particularmente las publicadas el 1 de diciembre de 2004 y el 11 de diciembre de 2013. La Corte establece que los montos acumulables derivados de la reducción de inventario en el ejercicio de liquidación deben ser considerados para la determinación de la utilidad o pérdida fiscal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.