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2177/2025Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de México

La suspensión definitiva procede cuando se cumplen los requisitos legales, sin que sea óbice la naturaleza del acto reclamado.

Expediente
2177/2025
Tribunal
Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de México
Ponente
Raúl García Camacho
Fecha
22 ene 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La suspensión definitiva procede cuando se cumplen los requisitos legales, sin que sea óbice la naturaleza del acto reclamado.

Resumen

Se concede la suspensión definitiva solicitada por el quejoso. El juzgado determinó que, al cumplirse los requisitos establecidos en el artículo 124 de la Ley de Amparo, la medida cautelar debe otorgarse, incluso si el acto reclamado consiste en un mandamiento de ejecución, pues la finalidad de la suspensión es preservar la materia del juicio de amparo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.