El propietario de un vehículo tiene interés jurídico para impugnar una boleta de infracción, aun cuando la sanción se imponga al conductor, debido a la responsabilidad solidaria que puede afectar su patrimonio.
La Sala Regional determinó que el propietario de un vehículo tiene interés jurídico para impugnar una boleta de infracción, ya que la ley establece una responsabilidad solidaria entre el conductor y el propietario para el pago de las sanciones. Además, se declaró la nulidad de la boleta de infracción emitida por una autoridad que no fundó debidamente su competencia territorial, lo que resultó en la devolución del monto pagado por concepto de multa, actualizado y con intereses.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.