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673/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La libertad de expresión de personas servidoras públicas en ejercicio de sus funciones debe analizarse bajo un sistema de protección distinto al previsto para periodistas o medios de comunicación, pues la tensión se da entre pares y no frente a particulares o figuras públicas.

Expediente
673/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
9 jul 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La libertad de expresión de personas servidoras públicas en ejercicio de sus funciones debe analizarse bajo un sistema de protección distinto al previsto para periodistas o medios de comunicación, pues la tensión se da entre pares y no frente a particulares o figuras públicas.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la libertad de expresión en el contexto de servidores públicos que emiten opiniones sobre otros servidores públicos. Se distingue de la doctrina existente que protege principalmente a periodistas y medios de comunicación frente a figuras públicas. La Corte señala que el sistema de protección dual, aunque aplicable, debe adaptarse a esta nueva dinámica donde la tensión se da entre pares en el ejercicio de sus funciones, lo que implica deberes y responsabilidades especiales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.