La invalidez de las disposiciones normativas contenidas en las Leyes de Ingresos Municipales del Estado de Oaxaca para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco, declarada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, surte efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso del Estado de Oaxaca.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos promovió una acción de inconstitucionalidad contra diversas disposiciones de las Leyes de Ingresos de Municipios del Estado de Oaxaca para el ejercicio fiscal 2025. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió declarar la invalidez de varios artículos relacionados con el cobro por servicios como alumbrado, reproducción de documentos y expedición de certificados médicos, al considerar que infringen principios constitucionales. La declaratoria de invalidez surtirá efectos a partir de la notificación al Congreso del Estado de Oaxaca.
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