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7117/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La legitimación del tercero interesado para interponer recurso de revisión en amparo directo procede cuando los agravios formulados controvierten las consideraciones de la sentencia recurrida que inciden en su esfera jurídica, sin que sea necesario que se relacionen directamente con la omisión de análisis de planteamientos de constitucionalidad del quejoso.

Expediente
7117/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
19 feb 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La legitimación del tercero interesado para interponer recurso de revisión en amparo directo procede cuando los agravios formulados controvierten las consideraciones de la sentencia recurrida que inciden en su esfera jurídica, sin que sea necesario que se relacionen directamente con la omisión de análisis de planteamientos de constitucionalidad del quejoso.

Resumen

El presente caso analiza la legitimación de un tercero interesado para interponer recurso de revisión en un juicio de amparo directo. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el tercero interesado cuenta con legitimación si sus agravios se orientan a controvertir las consideraciones de la sentencia que le generan un perjuicio directo en su esfera jurídica. No es indispensable que los agravios se refieran a la omisión de analizar los planteamientos de constitucionalidad del quejoso, bastando que la resolución afecte sus intereses.

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